Introducción
Muchas personas creen que las leyes sobre el porte y consumo de cannabis son permanentes. Pero lo cierto es que estas normas pueden cambiar con cada gobierno, sentencia de la Corte o decreto presidencial. Por eso es clave que, como comunidad informada y responsable, conozcamos el marco legal vigente.
En este artículo te explicamos cómo ha evolucionado la normativa que regula el porte de dosis mínima en Colombia, haciendo énfasis en tres decretos clave: el 1070 de 2015, el 1844 de 2018 y el 2114 de 2023.
📜 1. Decreto 1070 de 2015 — El inicio del marco sancionatorio
El Decreto 1070 fue expedido el 26 de mayo de 2015 bajo el gobierno de Juan Manuel Santos. Este decreto no trataba exclusivamente sobre drogas, sino que era un Decreto Único Reglamentario del Sector Defensa, que compila normas de seguridad y convivencia.
📌 Importancia:
Dentro de este decreto se habilitó la posibilidad de establecer sanciones administrativas (como comparendos) por portar sustancias, incluso dentro de los límites de la dosis mínima, si afectaban la convivencia.
🔗 Ver Decreto 1070 de 2015 – Función Pública
🚔 2. Decreto 1844 de 2018 — Multas por dosis mínima
El gobierno de Iván Duque expidió este decreto el 1 de octubre de 2018, con el objetivo de reforzar la persecución del microtráfico y aumentar el control del consumo en espacios públicos.
Este decreto añadió el Capítulo 9 al Título 8 del Decreto 1070, permitiendo:
- Imponer comparendos o multas por portar dosis mínima.
- Incautar sustancias incluso si se estaba dentro del límite legal.
- Confiscar objetos relacionados con el consumo.
📌 Importancia:
Aunque no criminalizaba el consumo, sí generaba consecuencias económicas para el usuario. Varias sentencias posteriores de la Corte Constitucional cuestionaron su aplicación.
🔗 Ver Decreto 1844 de 2018 – Función Pública
⚖️ 3. Decreto 2114 de 2023 — Se eliminan las multas
El Decreto 2114 fue expedido el 7 de diciembre de 2023 por el gobierno de Gustavo Petro, a través del Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Defensa.
📌 Importancia:
Deroga por completo el Capítulo 9 que había sido introducido por el Decreto 1844. Es decir:
- Ya no se puede imponer comparendos por portar dosis mínima.
- No habrá sanción económica si estás dentro de los límites establecidos.
- No impide que la Policía incauté la sustancia si hay sospecha fundada de otros delitos (como tráfico o afectación al orden público).
🔗 Ver Decreto 2114 de 2023 – Función Pública
🏛️ ¿Y las sentencias de la Corte Constitucional?
Estas decisiones han sido claves para proteger los derechos de los consumidores. Algunas relevantes:
- Sentencia C-221 de 1994: declaró inconstitucional penalizar el porte para consumo personal.
- Sentencia C-253A de 2019: reafirmó que las medidas administrativas no pueden ir contra el libre desarrollo de la personalidad.
- Sentencia C-226 de 2023: exige que las normas sancionatorias estén debidamente justificadas y diferenciadas entre consumidor y traficante.
📌 Importancia:
Estas sentencias obligaron a replantear las sanciones administrativas como las que autorizaba el Decreto 1844.
👮♂️ ¿Qué puede y qué no puede hacer hoy la Policía?
Acción policial | ¿Está permitida? | ¿Condición o excepción? |
---|---|---|
Multar por dosis mínima | ❌ No | Eliminado por el Decreto 2114 |
Incautar cannabis (dentro del límite) | ⚠️ Sí | Solo si hay indicios de delito o alteración del orden |
🧠 ¿Estamos ante una legalización total?
No. Aunque los decretos recientes eliminan sanciones injustas, el consumo sigue teniendo restricciones. No puedes:
- Portar más de la dosis mínima (20g de cannabis seco).
- Consumir en parques, colegios o zonas señalizadas como prohibidas.
- Obstaculizar la vía pública o afectar a terceros.
📌 Este es un paso importante, pero aún estamos en una fase de transición. Los cambios reales requieren más educación, mejor regulación y compromiso colectivo.
🗣️ Conclusión
El Decreto 1070 de 2015 permitió abrir la puerta a sanciones. El Decreto 1844 de 2018 las estableció. Y el Decreto 2114 de 2023 las eliminó. Este recorrido demuestra que el marco legal cambia, y como usuarios debemos mantenernos informados y responsables.
Desde LaVerde420 creemos en el poder de la información como herramienta para una cultura más consciente y justa. No se trata de desobedecer, sino de conocer tus derechos, respetar los límites y seguir construyendo comunidad.
¿Multa por llevar tu dosis mínima? Ya no más: lo que dice el Decreto 2114 de 2023